Cuando vendes un programa con otros servicios ajenos a tu empresa (servicios de otra empresa, entradas, transportes, seguro de viaje…) éste pasa a ser un Viaje Combinado…
Con la problemática que esto conlleva en su publicidad y venta, considerándose como infracción MUY GRAVE según el art. 58.1 de la ley 5/1999, de 24 de marzo de Ordenación del Turismo de Cantabria, y se sanciona con multa de 6.001 € hasta 30.000 €, inhabilitación por un periodo de hasta tres años para recibir ayudas y subvenciones otorgadas por el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Cantabria, de conformidad con lo establecido en el art. 62 de la misma ley; sanciones que se aplica desde la publicación del paquete hasta su ejecución.
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Viajes Paradiso
para publicitar y vender de forma legal
*Como extras se entiende: las actividades no propias, entradas, seguros, transportes… otros alojamientos.